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PROHIBICIONES Y SANCIONES
Articulo
#189
Legislación supletoria
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En todo lo no previsto en el presente título se aplicará, supletoriamente, el Código Procesal Penal, Ley N.º 7594, de 10 de abril de 1996, y sus reformas, en lo conducente a la índole sumaria del proceso previsto en esta ley.
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