PROHIBICIONES Y SANCIONES


Articulo 
#156
Prioridad de obligaciones
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     En todo remate de vehículos se seguirá el siguiente orden de prioridad de pago:

     a) Los gravámenes prendarios y los originados en esta ley, según el grado que corresponda, en estricto orden cronológico.
     b) El gravamen que resulte por lesiones a personas y daños a bienes.
     c) Multas impuestas.