REGLAS PARA LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS Y USO DE LAS VÍAS PÚBLICAS


Articulo 
#100
Carril para circular
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     Los vehículos deben conducirse por el carril derecho de la vía, se exceptúan los siguientes casos:

     a) Cuando el carril derecho esté obstruido y sea necesario transitar por el carril de vía contraria.
     b) Cuando se adelante a otro vehículo que transite en la misma dirección.
     c) Cuando la vía esté diseñada o marcada para transitar en una sola dirección.
     d) Cuando por razones de conveniencia e interés público así lo disponga el MOPT.

     En situaciones de emergencia, los vehículos autorizados para atender esa clase de situaciones podrán circular por el carril de sentido contrario, siempre que no estén transitando vehículos por ese carril ni se ponga en peligro a los demás usuarios de la vía.
     En autopistas y vías públicas especiales de varios carriles de circulación, los vehículos que transiten más rápidamente circularán por el lado izquierdo y los que lo hagan más lentamente por el lado derecho. El conductor debe respetar y acatar las señales específicas colocadas en esas vías, para regular el uso de los carriles.